Agresiones en Sanidad. Una aproximación a las causas y medidas de prevención

Agresiones en Sanidad. Una aproximación a las causas y medidas de prevención

Martes, 8 Marzo 2016

La violencia en el lugar de trabajo atenta contra la dignidad y los derechos de los trabajadores y amenaza el éxito de las organizaciones .La Agencia Europea de Seguridad y Salud en el trabajo explica las consecuencias en el trabajador que sufre agresión :desmotivación, estrés, daños físicos o psíquicos.

Las situaciones de violencia se han extendido desde las empresas de bienes hasta las organizaciones públicas del sector servicios , y las profesiones relacionadas con este sector presentan un mayor riesgo de sufrir agresiones debido al estrecho contacto con usuarios y clientes (Organización Internacional del Trabajo O.I.T.).

Una encuesta realizada en el seno de la Unión Europea señala que el 4% de los trabajadores asegura haber sido víctima alguna vez de violencia física real por parte de clientes y usuarios , y muchos más empleados señalaban haber sufrido insultos y amenazas.

Las situaciones agresivas pueden ser agresiones físicas ( delito y falta de lesiones y falta de malos tratos de obra), delitos y faltas contra la libertad (amenazas y coacciones) y delitos y faltas contra el honor (injurias e insultos).

Las acciones violentas de los usuarios del sistema sanitario o de sus familiares y acompañantes , sobre el personal sanitario en el lugar de trabajo es un problema que va creciendo en todos los paises.

Para intentar disminuir este problema hay que profundizar en el respeto a los derechos del ciudadano que accede al sistema público de salud e instarle al cumplimiento de sus deberes.

Es importante denunciar estas agresiones como nos indican los colegios profesionales sanitarios en España, las Consejerías de Sanidad de distintas Comunidades Autónomas y las Organizaciones Sindicales y esta denuncia debe ser recogida y procesada por los jueces. A finales de 2007 el Tribunal Supremo de España dictó una sentencia muy esperada por los sanitarios en la que calificaba “la agresión al profesional sanitario público como delito de atentado a funcionario” (sentencia 103/2017 de 4 de diciembre de 2007), Recurso 759/2007 del Tribunal Supremo, Sala Segunda: Sala de lo Penal) y en el 2015 se ha realizado un cambio legislativo muy importante, la publicación de la Ley Orgánica 1/2015 del 30 de Marzo (modifica el Código Penal del Reino de España , entre sus modificaciones está la del artículo 550, “Nueva definición de atentado y alteración del Orden Público”: se recoge de manera específica que “en todo caso, se considerarán actos de atentado los que se cometan contra funcionarios de Sanidad de Educación en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de las mismas”.). Se equipara al personal sanitario durante el desempeño de sus funciones a la de la autoridad pública o cualquiera de sus agentes, que desde el punto de vista penal, otorga mayor dureza a la persecución de este tipo de episodios violentos contemplándose la prisión para los delito de “atentado contra funcionario público” al ser las penas de hasta 4 años de cárcel (antes eran faltas penales susceptibles de multa diaria).

Las actuaciones contra la violencia a los profesionales sanitarios en el lugar de trabajo han de considerarse como un tema prioritario por las autoridades sanitarias y para reducir la incidencia y atenuar las consecuencias toman medidas preventivas (habilidades de comunicación) ,acciones contra los agresores (localizar usuarios agresivos y acompañamiento al sanitario al Juzgado) y actuaciones en caso de incidentes (que hacer ante una agresión) .

Se han ido desarrollando distintos planes de prevención con los siguientes principios básicos:

1. integrabilidad :carácter integral con medidas preventivas ( talleres para los profesionales sanitarios donde se desarrollan habilidades de comunicación médico-paciente), de actuación , de análisis y de evaluación), 2. coordinación (coordinando actuaciones), 3. orientación a los profesionales (sirviendo al sujeto pasivo del incidente, con respaldo de la organización sanitaria y asesorando en la asistencia al agredido, con traslado del agredido al Servicio de Urgencias o Medicina Preventiva y facilitándole la denuncia ante el órgano competente, y ofreciéndole a la víctima apoyo psicológico y asesoramiento jurídico , con conciliación laboral para minimizar la baja laboral adaptando el puesto de trabajo a la nueva situación), 3. adecuación de infraestructuras y procedimientos de trabajo: encaminados a la seguridad del personal sanitario (seguridad pasiva con alarmas, videocámaras de vigilancia, salidas alternativas y acompañamiento; seguridad activa con servicio de seguridad realizado por empresa privada en el centro sanitario con aviso rápido a las fuerzas de seguridad del Estado y seguridad en la atención domiciliaria realizada por los profesionales sanitarios, minimizando la exposición a situaciones potencialmente conflictivas), 4. mejora continua (elaborando un mapa de riesgos con la evaluación de las agresiones notificadas y la planificación de las medidas a realizar, en coordinación con otras instituciones y organismos), 5.respeto a los derechos de los ciudadanos (acciones preventivas que no enfrenten los derechos de los profesionales con los de los usuarios e instando al ciudadano al cumplimiento de sus deberes).

Este riesgo emergente de primer orden en el colectivo profesional sanitario, con los Planes integrales de Prevención ante las agresiones ( con registro de agresiones con mapa de riesgo identificando los puestos laborales de más riesgo, con planes formativos a profesionales y con campañas informativas ) podemos intentar prevenir y contrarrestar las acciones violentas contra los profesionales de la salud pero no erradicarlas ya que están inmersas en una violencia global de la sociedad donde factores culturales,sociales, y la intolerancia a la frustración que son el origen del problema.

¿Qué opinas de este artículo?