La Comisión adopta una propuesta de los interlocutores sociales para mejorar las condiciones de trabajo en el sector de la pesca

La Comisión adopta una propuesta de los interlocutores sociales para mejorar las condiciones de trabajo en el sector de la pesca

Con ello se transforma en Directiva un acuerdo de los interlocutores sociales
1 Junio 2016

Tras un acuerdo de los interlocutores sociales sobre las condiciones de trabajo en el sector de la pesca, hoy la Comisión Europea transforma ese acuerdo en propuesta de Directiva. En 2013, los interlocutores sociales de la UE en el sector pesquero alcanzaron un acuerdo por el que se proponía armonizar el Derecho de la UE con el Convenio sobre el trabajo en la pesca de 2007 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Una vez adoptada por el Consejo, esta Directiva incorporará el acuerdo de los interlocutores sociales, que ofrece un mayor nivel de protección a los pescadores de la UE.

Marianne Thyssen, comisaria de Empleo, Asuntos Sociales, Capacidades y Movilidad Laboral, ha declarado lo siguiente: «La protección de nuestros trabajadores y su bienestar constituyen una prioridad para la Comisión Juncker. En la UE, más de cien mil personas trabajan en la industria de la pesca, a menudo en condiciones difíciles en el mar. La tasa de accidentes y lesiones puede ser quince veces mayor que la de otros sectores. La propuesta de hoy contribuirá a reducir los riesgos a los que se enfrentan los pescadores en el trabajo. Dicha propuesta se basa en un acuerdo de los interlocutores sociales sectoriales europeos y es un excelente ejemplo de su capacidad de trabajar juntos para mejorar las condiciones laborales».

Por su parte, Karmenu Vella, comisario de Medio Ambiente, Asuntos Marítimos y Pesca, ha afirmado lo siguiente: «La UE lidera la lucha mundial contra las actividades de pesca ilegal. La actividad ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR) es perjudicial para la salud y la seguridad de los pescadores. La propuesta que se presenta hoy mejorará las condiciones de trabajo de los pescadores en el mar, reducirá los incentivos para la pesca ilegal y garantizará una industria de la pesca saludable y sostenible que siga atrayendo a trabajadores experimentados y cualificados».

La Directiva propuesta mejorará las condiciones de vida y de trabajo de los pescadores. Contiene requisitos mínimos para:

  • el trabajo a bordo (edad mínima, certificado médico, información en el contrato de trabajo, etc.);
  • las condiciones del servicio (límites del tiempo de trabajo, derecho de repatriación, etc.);
  • el alojamiento y la comida;
  • la protección de la salud y la seguridad en el trabajo, incluida la asistencia médica a bordo y en tierra.

Por otro lado, se espera que la incorporación del acuerdo de los interlocutores sociales al Derecho de la UE sirva de ejemplo para que terceros países ratifiquen el Convenio sobre el trabajo en la pesca de 2007 de la OIT. Esto es especialmente importante en el marco de la lucha contra la pesca ilegal. 

La industria europea de la pesca es la cuarta más grande del mundo. Emplea a más de cien mil personas en la UE. Suministra unos 6,4 millones de toneladas de pescado al año. La pesca marítima es un sector transfronterizo que opera en todo el mundo. Así pues, los buques pesqueros registrados en un Estado miembro de la UE o que enarbolan pabellón de un Estado miembro de la UE también operan fuera de las aguas territoriales del Estado miembro en cuestión, por ejemplo en aguas bajo la jurisdicción de otros Estados miembros o en aguas internacionales.

Los pescadores a menudo viven y trabajan durante días a bordo del buque, en circunstancias difíciles y con equipos pesados. La tasa de accidentes y lesiones en el sector es alta comparada con la de otros sectores: puede llegar a ser quince veces superior a la media. Los pescadores no regresan a sus hogares cada día, por lo que dependen de su empleador en lo que a la atención médica a bordo, la alimentación, el agua potable y el alojamiento se refiere.

El Convenio sobre el trabajo en la pesca fue adoptado en 2007 por la OIT. Contiene normas mínimas de carácter mundial sobre las condiciones de vida y de trabajo de los pescadores (relación laboral, edad mínima, tiempo de trabajo, salud y seguridad, así como derecho a la protección social y a la asistencia sanitaria).  

El acuerdo de los interlocutores sociales de la UE sobre el Convenio de la OIT se celebró en 2013. Lo acordaron las siguientes organizaciones, que representan al sector de la pesca marítima: La Federación Europea de los Trabajadores del Transporte (ETF), por parte de los trabajadores, y la Asociación de las Organizaciones Nacionales de Empresas Pesqueras de la UE (Europêche) y la Confederación General de Cooperativas Agrarias en la Unión Europea (COGECA), por parte de los empresarios.

En consonancia con el artículo 155 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, los interlocutores sociales pidieron conjuntamente la incorporación legislativa del acuerdo, que armoniza el acervo vigente de la UE con las normas del Convenio de la OIT. A raíz de esta petición, la Comisión preparó una evaluación de impacto proporcionada con respecto a la representatividad de los interlocutores sociales de la UE que celebraron el acuerdo, la legalidad de este con respecto al marco jurídico de la UE y el respeto de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad.

Fuente: Comisión Europea

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