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Acción, obstáculo, actitud, fracaso y éxito
Manuel Muñoz Astudillo, Investigador
Se ha establecido por los teóricos del derecho que todo aquel que crea un riesgo, se hace responsable de los daños y perjuicios que causa con su actividad riesgosa. Así, se entiende que el empresario empleador es quien ha creado un sistema de procedimientos y acciones que pueden en un momento determinado, bajo ciertas condiciones transformarse en un riesgo para los trabajadores o para los terceros. Muchos son los ejemplos que se pueden dar para ellos. En la actividad constructiva resulta claro que hay decenas de ocasiones en que al levantar un edificio o trazar un puente, realizar un camino o hacer un trabajo subterráneo, se labora en situaciones de elevados niveles de riesgo, que, de no tomar las medidas paliativas para evitarlos surge súbitamente la acción peligrosa que termina en lesión o muerte para alguna persona.
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El consejero de Salud de Navarra, Fernando Domínguez Cunchillos, ha realizado estas declaraciones en la XIX conferencia sobre “La Calidad en el Sistema Nacional de Salud”, ciclo que se encuentra en su segunda edición, organizado por PSN y Fundación Ad Qualitatem.
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Conoce las competencias y funciones específicas que debe tener un Compliance Officer en España
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